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CONDICIONES BANCARIAS
En este apartado definiremos para cada entidad bancaria con las que trabajemos, cada una de las diferentes
condiciones que nos puedan aplicar en cada cuenta o línea de crédito. Por ejemplo para una misma
entidad podríamos definir una condición para las remesas al cobro, otra para remesas al descuento,
otra para definir una cuenta corriente, etc. El formulario se compone de los siguientes campos que a
continuación detallamos:
- Banco (alfanumérico) Debemos introducir el código de la entidad bancaria. Esta
debe haberse definido previamente a través de la opción Bancos.
- Cuenta Bancaria. (Numérico). Cuenta bancaria sobre la que rigen las condiciones que
vamos a definir. La cuenta debe introducirse según el formato siguiente: 4 dígitos para el
código de la entidad, 4 dígitos para el código de la oficina, 2 dígitos para el
dígito de control y 10 para el número de cuenta. Esta cuenta debe existir y por lo tanto
haberse definido previamente a través de la opción Cuentas Bancarias.
- Sufijo. (Numérico). Número que facilita la entidad bancaria para efectuar
operaciones vía telemática. En algunas condiciones no existirá tal número, pero el
sistema obliga a informarlo con lo que deberemos introducir uno cualquiera.
- Descripción Texto alfanumérico para poder describir el concepto de la
condición. Debe tenerse en cuenta que en los formularios que nos solicite ‘condición
bancaria’ este texto será el que aparecerá como descripción de la cuenta para que
podamos indentificarla.
- Tipo de Envio. Indica como se hará llegar la información al banco, y puede ser
mediante fichero (vía telemática) o mediante papel (listado). Actualmente solo se aplica en la
generación de remesas al descuento o al cobro.
- Norma. Igual que en el caso anterior solo se aplica en remesas. Aquí podemos
especificar si se aplica la Norma 58, 32 o la 19. En el caso de que pueda aplicarse cualquiera, dejaremos el campo
en blanco y en el proceso de generación de remesas será cuando deberemos especificar con que norma
realizaremos el fichero.
- Alfanúmero. Algunas entidades bancarias utilizan códigos de identificación propios para la
transmisión de documentos vía telemática. Por ejemplo el BBVA utiliza el concepto Alfanúmero en la norma 58 que
està formado por 6 + 2 + 3 dígitos.
En un principio los documentos del tipo recibo (domiciliado o sin domiciliar) suelen generarse mediante norma 58
que no comporta gastos de timbre. Por otro lado documentos del tipo letras aceptadas o pagares deben generarse
con la norma 32 y suelen llevar gastos de timbre.
- Serie. La serie se refiere a la serie de facturación y es para vincular que con la
condición que estamos definiendo solo se puedan gestionar efectos procedentes de la serie indicada.
- Abono al cobro. Nuevamente este campo solo tiene sentido en la
gestión de remesas, y sirve para indicar si la remesa es al cobro o no. Si la respuesta es no se supone
que la remesa es al descuento. Esto afecta en el asiento contable que se generará en la
confección de la remesa. En el caso de la remesa al descuento se generará un único
asiento contable con fecha de emisión de la remesa. En el otro caso de generarán tantos
asientos contables como fechas de vencimientos distintas se incluyan en la remesa, y cada asiento con fecha
del vencimiento correspondiente.
- Importe correo. Importe de gastos de correos por efecto.
- Importe mínimo. En el supuesto de que los gastos calculados en función de las
condiciones establecidas no superen este importe, se aplicará este importe como gastos.
- Importe por recibo. Para cada efecto se cargarán los gastos aquí indicados.
- Rec. Otro Banco. Para cada efecto de una entidad distinta a la que
realizamos la gestión de cobro nos cobraran los gastos aquí indicados.
- Timbres. Indicador para definir si la entidad nos cobrará gastos de timbres o no. En
el supuesto de que sea ‘si’ deberemos definir en la opción Timbre el
importe de los timbres en función del importe de los efectos.
- Intereses a 30 días. Porcentaje de interés que nos aplica el banco para
efectos que nos abonará al descuento cuya fecha de vencimiento sea inferior o igual a 30 días.
- Intereses a 60 días. Porcentaje de interés que nos aplica el banco para
efectos que nos abonará al descuento cuya fecha de vencimiento sea inferior o igual a 60 días y
superior a 30 días.
- Intereses a 90 días. Porcentaje de interés que nos aplica el banco para
efectos que nos abonará al descuento cuya fecha de vencimiento sea inferior o igual a 90 días y
superior a 60 días.
- Intereses a más de 90 dias. Porcentaje de interés que nos aplica el banco
para efectos que nos abonará al descuento cuya fecha de vencimiento sea superior a 90 días.
- Divisa. Debe introducirse la moneda con la cual se opera en la cuenta que está
vinculada a la condición que estamos introduciendo.
- Vto. Riesgo. Si disponemos de un límite de riesgo que el banco nos
ha concedido, lo más probable es que tenga una fecha de caducidad en la que deberá renovarse las
condiciones pactadas. Por lo tanto deberíamos introducir la fecha de caducidad de las condiciones
pactadas.
- Días Riesgo. Si queremos llevar un control del riesgo circulante, aquí
deberemos introducir el número de días en que establecemos este riesgo. Por ejemplo si estimamos
que un recibo que llevamos en una remesa consideramos que si no viene devuelto en un plazo de 30 días ya
lo podemos considerar cobrado a todos los efectos, deberíamos introducir aquí 30.
- Límite Riesgo. Importe del riesgo concedido por el banco.
- Cta. Contable Banco. Debe introducirse el código de la cuenta
contable referente a Banco donde se contabilizará cualquier operación de cobro o pago.
- Cta. Contable Riesgo. En el supuesto de llevar el control del riesgo
circulante a nivel contable, deberemos informar de la cuenta contable a que lo vinculamos.
FUNCIONALIDADES ESPECIALES (BOTONES)
Reemplazar cuenta.
Sirve para cambiar masivamente toto lo que esté asignado a la cuenta
bancaria seleccionada por otra cuenta del mismo banco y oficina. Decimos cambio masivo porque el sistema
reemplazará dicha cuenta de las tablas de: clientes, proveedores, presupuestos, pedidos, albaranes (siempre que
no esten cerrados), y cartera.
Si al pulsar el botón el sistema responde 'No existe la información solicitada' se refiere a que
de la cuenta seleccionada no existen otras cuentas de la misma entidad y oficina definas en el apartado
de cuentas bancarias. La nueva condición bancaria no debe crearse previamente, si no que el propio sistema
anula la anterior y crea la nueva.